
Por esta investigación, el 19 de noviembre de 2014, el magistrado del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Chincha lo encontró responsable del delito imputado y lo sentenció a pena privativa de la libertad por dos años, cuya ejecución -para fortuna del docente- se suspende con carácter condicional, imponiéndosele solo reglas de conducta, además del pago de una reparación civil y la inhabilitación del cargo de director por el plazo de un año.
Ahora, ante la apelación presentada a este fallo, Lévano Ávalos regresará al Poder Judicial y se sentará frente a dos jueces que a pesar de los anexos presentados en la denuncia lo exculparon en el 2009 y ordenaron el archivamiento definitivo del caso por peculado en agravio del Estado Peruano y del colegio José Pardo y Barreda. Estos magistrados tendrán el análisis de la causal de denuncia que ya fue materia de sentencia en noviembre pasado.
Los hechos de acusación se remontan al pasado 13 de enero de 2007 y tienen como autores al director Alejandro Lévano Ávalos y al entonces subdirector de ese plantel, Héctor Saravia de la Cruz, quienes tenían una cuenta personal en una caja de ahorros donde se depositó el cobro por el alquiler de ambientes del colegio. Es decir, ingresos propios que no fueron registrados en el Libro Caja, según hace referencia el Ministerio Público durante el juicio.
Este organismo del Estado entregó como pruebas las copias fedateadas del Libro Caja del ejercicio económico 2005, 2006 y parte del 2007, con los que acredita que el dinero pagado por alquiler de las aulas no fue consignado en dicho libro. Además, confiere al Poder Judicial el acta de entrega de los cerca de mil soles al docente acusado.
El desembolso, además de no ser consignado en el Libro Caja, fue depositado en una cuenta personal de Lévano Ávalos y el subdirector.
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